Validez del CA – ¿Lo sabías?

por | 7/03/2017

La Norma Reglamentaria 6 del Ministerio de Trabajo, conocida como NR6 por los profesionales del área de Seguridad Laboral, establece los lineamientos relacionados con los equipos de protección personal (EPI) – uso, tipología, responsabilidades del trabajador y empresario, así como la vigencia del Certificado de Aprobación (CA), que es el documento que permite la venta del producto.
La validez dl CA de un EPI puede ser, de acuerdo con el artículo 6.9.1 de la NR6, de las siguientes formas:
– cinco años, para aquellos equipos con informes de prueba que no hayan sido evaluados para su cumplimiento dentro del ámbito del SINMETRO;
– el período vinculado a la evaluación en cumplimiento con el ámbito de SINMETRO, cuando corresponda.

Esta resolución terminó generando dudas. Después de todo, ¿qué fecha de vencimiento prevalece? ¿La del CA o la del cumplimiento en el ámbito del SINMETRO?

Debido a que muchos profesionales tienen esta duda y no tienen dónde consultar si el artículo a considerar era el CA o el registro de evaluación obligatoria del INMETRO, el Ministerio de Trabajo, en mayo de 2016, publicó una nota técnica que resolvería estas dudas: la nota técnica No. 110/2016.

La nota técnica, entre sus enfoques sobre las vigencias y formas de obtención del CA y evaluación del cumplimiento, define que, desde su publicación, el CA y el registro de la evaluación del cumplimiento con SINMETRO tienen la misma fecha de caducidad, en el caso de los EPIS que requieran evaluación de cumplimiento.

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