Lo que dice la NR10:
• Establece los requisitos y condiciones mínimos para la aplicación de medidas de control y sistemas preventivos que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores, directos e indirectos, que interactúan en instalaciones y servicios eléctricos con energía eléctrica;
• Se aplica a las fases de generación, transmisión, distribución y consumo, incluyendo las etapas de diseño, construcción, montaje, operación, mantenimiento de las instalaciones eléctricas y cualquier trabajo que se realice en su entorno;
• Se deben adoptar equipos de protección individual específicos y adecuados a las actividades desarrolladas, en cumplimiento de lo establecido en la NR 6;
• La ropa de trabajo debe ser adecuada para las actividades, incluida la conductividad, la inflamabilidad y las influencias electromagnéticas.
10.2.4 Los establecimientos con una carga instalada superior a 75 kW deben constituir y mantener el registro de la instalación médica, que contenga, además de lo dispuesto en el subpunto 10.2.3, al menos:
c) especificación de equipos y herramientas de protección colectiva e individual, aplicable según lo determinado por esta NR;
e) resultados de las pruebas de aislamiento eléctrico realizadas en equipos de protección individual y colectiva;
f) certificaciones de equipos y materiales eléctricos en áreas clasificadas.
