¿CÓMO SE ESTÁN COMINANDO LOS NUEVOS CAs DE LOS ARNESES?

por | 23/02/2016

Previamente, según Ordenanza, el MTE (Ministerio de Trabajo y Empleo) emitió CA (Certificado de aprobación) para estos EPI (Equipo de Protección Personal) de la siguiente manera:

Arnés de Seguridad con Acollador;
Retráctil Anticaídas con Arnés de Seguridad;
En el caso 1, el CA (Certificado de aprobación) emitido presenta en el campo “DESCRIPCIÓN DEL EQUIPO” la descripción del Arnés de Seguridad y todos los Acolladores que se pueden utilizar con este Arnés de Seguridad.

En el caso 2, el CA (Certificado de aprobación) emitido presentó la descripción del Retráctil Anticaídas y todos los Arneses de Seguridad que se pueden usar con este Retráctil Anticaídas.

Actualmente, con la publicación de la Ordenanza SIT No. 292, que modificó el artículo I (Equipo de protección personal para protección contra caídas con diferencia de nivel), del Anexo I (Relación de equipos de protección personal) de la NR-6 que pasó a considerar EPI (Equipo de protección personal) el ARNÉS con un dispositivo de detención de caídas y el ARNÉS con acollador.

Además, la NR 35 – Trabajo en Altura define en su glosario que EL ARNÉS DE SEGURIDAD es el EPI (Equipo de Protección Individual) y que el ESLINGA y el RETRÁCTIL ANTICAÍDAS SON DISPOSITIVOS DE CONEXIÓN Y SEGURIDAD para la protección contra caídas.

En resumen, el nuevo modelo emitirá el CA (Certificado de aprobación) para el ARNÉS CON ESLINGA Y RETRÁCTIL ANTICAÍDAS, en algunos casos puede ser un arnés solamente con un retráctil anticaídas o solamente un arnés con un acollador.

Recordatorio: para retener la caída, el arnés obligatoriamente debe ser del Arnés de Seguridad tipo Paracaidista.

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